Crédito personal UVA: tope del 30 por ciento de los ingresos del deudor.

Acompañamos una resolución de la Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata, en el marco del dictado de una medida cautelar por un proceso de un crédito personal UVA.

En el Blog subimos varios fallos sobre el tema, desde rechazos de medidas cautelares y otras resoluciones parecidas a la de ahora.

Básicamente se dispuso que, por el momento, se limita las cuotas del crédito personal al 30 por ciento de los ingresos del deudor, ya que el acreedor reconoció que al momento de otorgarlo afectaba el 25 por ciento del salario y actualmente consume el 43 por ciento.

Se tomó en cuenta el marco de la presente situación inflacionaria, que permite tener por acreditada prima facie la excesiva onerosidad sobreviniente en la prestación a su cargo y la urgencia impostergable de la medida.

La descargas en este enlace.

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