Crédito UVA: cuota no puede superar el 25% del haber de una empleada pública.
Fue a raíz de una medida cautelar dictada por un Juzgado en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, de CABA.
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Fue a raíz de una medida cautelar dictada por un Juzgado en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, de CABA.
¿Qué se ordenó? Que se ajuste la cuota del contrato de préstamo personal o crédito personal ‘Ciudad Veloz Plan Sueldo’ correspondiente a la actora y que no supere el 25% de su remuneración neta.
El hecho de seguir pagando el crédito la obliga a vivir bajo la línea de pobreza, dijo la jueza.
El caso fue enmarcado en el plexo consumeril.
La sentencia completa (no firme) la descargas en este enlace.
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