Separación de bienes en la Unión Convivencial: normas del condominio.

En esta ocasión, una sentencia nuevita de la Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul, sobre Unión Convivencial.

Como pasa generalmente en estos casos, durante la unión convivencial se producen compras de bienes en común.

Entonces…¿qué ley aplicamos para dividirlos cuando cesa la unión ?

La figura de la comunidad de derechos o de bienes como género, no fue contemplada en el Código Civil, donde sólo se reguló el condominio, que no es más que un supuesto específico de comunidad de derechos, esto
es, la comunión del derecho real de dominio.

La Sala dejó establecido que deben aplicarse análogamente las normas del condominio (acción de división de cosa común)

Te dejo la sentencia en este enlace.

PD: no te pierdas uno de los post más visitados que hicimos sobre uniones convivenciales. Lo descargas en este enlace.

El blog esta hecho 100% a pulmón. Si te gusta lo que hago o te fue útil el post, una forma de colaborar con la página es invitarme un cafecito en parisinestor | Cafecito

2 comentarios en "Separación de bienes en la Unión Convivencial: normas del condominio."

  1. Hola Nestor. En primer lugar gracias por todo el material que subis siempre, está realmente genial la página.
    Te consulto: puede ser que falte el enlace a la sentencia en esta publicación??
    Saludos!

    Responder

Dejá un comentario