Responsabilidad civil por error en el estudio genético, excluyendo erróneamente al padre biológico.

No dejen de leer ésta sentencia de la Justicia de la Provincia de Buenos Aires (Mar del Plata) sobre un caso dramático.

Se demando a los médicos intervinientes y a un laboratorio, porque se excluyó de la responsabilidad parental, luego de un estudio genético, a quien realmente era el padre biológico de su hija.

Para prestar atención: 1 ) la cuantificación del daño extrapatrimonial como una deuda de valor en dólares (cosa que ya se hizo en otros casos en esa misma Sala), 2) el rubro lucro cesante que también se lo denomina “crianza sin aporte del progenitor” y 3) el razonamiento para arribar a los montos por los que finalmente prosperó la demanda.

Podes leerla completa en este enlace.

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