Cláusulas Abusivas. El “plazo de reflexión razonable” del consumidor.

Una sentencia del Tribunal Supremo español, determinó un interesante parámetro para establecer si una cláusula era o no abusiva.
Dijo que un elemento fundamental era el poder clarificar si el consumidor dispuso de un plazo de reflexión razonable antes de comunicar su decisión.
Un fallo muy interesante, donde el Supremo dispuso que el parámetro de “riesgo inminente de pérdida patrimonial grave si no se acepta una transacción en un breve periodo de tiempo”, debe ser considerado cláusula abusiva hacia el consumidor, y por ende declararse nula.
Se acuerdan del famoso “llame ya” o  “si usted llama ahora”.
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