CORTE INTERAMERICANA. El concepto de “plazo razonable” del proceso.

¿Cuánto debe durar un proceso judicial? ¿Cuál es el plazo razonable para obtener sentencia?

Solo resta mirar este voto concurrente del juez Sergio García Ramírez, a la sentencia de la Corte Interamericana de DDHH en el caso VALLE JARAMILLO Y OTROS C. COLOMBIA. (27/11/2008).

La conducta procesal del interesado puede ser determinante de la pronta o demorada atención del conflicto. Me refiero a la actividad en el procedimiento, y en este sentido, a una actividad procesal, pero también habría que considerar la actividad –o mejor todavía, la conducta: activa u omisiva -en otros campos-, si trasciende al proceso o influye en éste.

Esta es la interpretación de la Corte Interamericana para fijar el estándar de PLAZO RAZONABLE DE UN PROCESO JUDICIAL.

El voto completo puede verse acá.

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