Este fundamento para los daños punitivos no lo viste nunca en tu vida. (Y ojalá no lo veas nunca).

Este no la vas a poder creer.

Reclamo iniciado contra Edesur.

Sentencia -2021- de la Cámara Civil y Comercial Federal (Sala III), imponiendo daños punitivos (sanción pecuniaria).

Hasta ahí parecería normal, pero el fundamento para la cuantificación de la sanción fue…una posible “quiebra” del proveedor, por la eventualidad de futuros reclamos análogos.

La resolución en este link.

NOTA AL LECTOR. El blog esta hecho 100% a pulmón. Si te gusta lo que hago o te fue útil el post, una forma de colaborar con la página es invitarme un cafecito en parisinestor | Cafecito

Dejá un comentario