La Publicidad cambió, presidente! (Tres fallos sobre influencers).

El Tribunal Federal de Justicia de Alemania dictó tres sentencias en septiembre del año pasado, a fin de decidir si las influencers involucradas han infringido el deber de etiquetar la publicidad con sus publicaciones en la red social Instagram.

La Asociación para la Competencia Social había denunciado una publicidad subrepticia inadmisible y exigía un requerimiento judicial al respecto. Las demandas fueron presentadas contra tres influencers del país teutón.

En algunas imágenes, las influencers habían insertado las llamadas “tap tags“, que aparecen al hacer clic en los productos visibles en las imágenes, y nombran a las empresas o marcas de los fabricantes o proveedores de estos productos. Al hacer clic en una “tap tag“, el usuario es redirigido al perfil de Instagram de la empresa correspondiente.

Según la sentencia del Tribunal, los influencers están autorizados a hacer referencia a las empresas en Internet en fotos con productos sin una referencia a la publicidad, siempre y cuando no se convierte en “algo demasiado promocional”.

Esto se aplica, por ejemplo, a las llamadas “tap tags” en las fotos de Instagram, que redirigen a los usuarios a los perfiles de los fabricantes o las marcas.

Según el tribunal alemán, sólo existe un acto comercial a favor de otra empresa si el influencer recibe una prestación a cambio o si la contribución es “excesivamente promocional”, por ejemplo porque se elogian las ventajas de un producto sin distancia crítica y más allá de la información objetiva.

 La publicación de una contribución -aparte del presente caso de que el influencer recibe una contraprestación por ello- sólo constituye un acto comercial a favor de una tercera empresa si esta contribución es publicidad exagerada según su impresión general, por ejemplo, porque simplemente elogia las ventajas de un producto de esta empresa sin ninguna distancia crítica.

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