Derecho real de Superficie, en el Código Civil y Comercial (a propósito de alguna idea legislativa).

Circuló una propuesta de algunos legisladores de CABA donde propiciaban un proyecto de ley en el que, con la finalidad de solucionar problemas habitacionales, se permitiría construir en terrenos de la Ciudad.

Para que se entienda si no sos abogado/a. El terreno (la superficie) la pone la Ciudad, la construcción que haces es tuya, pero…luego de un plazo (70 años) terreno e inmueble quedan en poder de la Ciudad de Buenos Aires.

Para interiorizarse un poco más, dejamos un muy buen laburo de Liliana Abreut de Begher sobre el “derecho real de superficie”, en el Código Civil y Comercial.

Lo descargas en este link.

¿Qué pensás?

ACORDATE: si comentas, ayudas al Blog.

NOTA AL LECTOR/A. El blog lo hago 100% a pulmón. Si te gusta lo que hago o te fue útil el post, una forma de colaborar con la página es invitarme un cafecito -o varios- en parisinestor | Cafecito

Dejá un comentario