Prorrateo del 730: hacerlo en UMA (convertiros a $ al solo efecto de hacer prorrateo) y no incluye honorarios por incidentes.

A propósito de otra resolución judicial -dictada por la sala I de la Cámara Nacional Civil- que incluye el tema de la limitación contenida en el 730 del Código Civil y Comercial.

En cuanto al prorrateo, dos cosas a tener en cuanta 1) Si los honorarios fueron regulados bajo la Ley 27.423, hay que hacerlo en UMA y 2) la restricción prevista en el artículo 730 del Código Civil y Comercial solo alcanza a los honorarios de primera o única instancia, mas no a los derivadas de los incidentes.

La resolución judicial la descargas en este enlace.

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