Es ley la Historia Clínica Única electrónica. (Tips para tener en cuenta).
Ayer se aprobó en el Congreso la Ley de Historia Única electrónica.
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Ayer se aprobó en el Congreso la Ley de Historia Única electrónica.
Para los abogados y abogadas es muy importante, ya que en los procesos de daños es una herramienta fundamental.
Algunas pautas a tener en cuenta:
- Se fija que en el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas se deja constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social.
- Se establece además que deberá contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento.
- La información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error acorde a lo establecido en la ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus modificatorias".
- El Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas garantiza a los pacientes y a los profesionales de la salud el acceso a una base de datos de información clínica relevante para atención sanitaria de cada paciente desde cualquier lugar del territorio nacional, asegurando a este que la consulta de sus datos quedará restringida a quien esté autorizado.
Atenti que en algunos artículos modifica y en otros complementa le Ley de Derechos del Paciente.
Para ver la ley completa, clic en este enlace. (figura proyecto de ley pero es el que se terminó aprobando).





