La Corte Suprema dictó sentencia en la causa Lacuadra, Jonatan Daniel c/ DIRECTV Argentina S.A. y otros s/ despido, donde dijo que se desprende de las actuaciones principales que el capital por el que se hizo lugar a la demanda fue fijado, a valores del 11 de julio de 2013, en $ 687.735,12, en tanto que, en la liquidación practicada por la parte actora el 30 de mayo de 2024, según las directivas del acta 2783/2024, el monto de la condena se elevó a $ 137.013.897,60, lo que representa un incremento del 19.822,48%.
Y no resulta un dato menor que la suma determinada es, incluso, considerablemente superior a aquella a la que se arribaría de conformidad con la anterior acta 2764/2022 -$ 109.596.153-, cuyo criterio sobre aplicación de intereses, como ya se destacó, fue descalificado por esta Corte y que la cámara laboral intentó -infructuosamente- corregir con el dictado de la aquí cuestionada acta 2783/2022.
¿Se viene una nueva ACTA? Casi seguro…porque la 2783 es la que se refiere al 6% + CER, y la 2784 habla de la capitalización por única vez.
Por ende…parecería que si cae una…cae la segunda.
El ACTA 2784 básicamente indica, complementando la anterior: 1) Se adecuarán los créditos desde que cada suma es debida y hasta la fecha de la liquidación mediante el CER, 2) a este monto, se le adiciona una tasa anual del 6% desde la fecha del crédito y hasta la fecha de la notificación de la demanda, cuyo resultado se capitaliza y 3) al monto resultante se le aplica una tasa del 6% anual desde la fecha de la notificación de la demanda hasta la de la liquidación, para así obtener el resultado final.
La resolución completa la bajas en este link.