Les dejamos una sentencia que no está firme, de la justicia de la Provincia de Buenos Aires, donde en una acción colectiva se impuso a la entidad bancaria una multa civil de poco más de 30 millones de pesos.
Se utilizó el nuevo tope del art. 47, que como saben fue reformado a través del art. 119 de la ley 27.701 –publicada en el Boletín Oficial el 1/12/2022 y actualmente vigente-, habiendo modificado, el inc. b) de la norma, que con anterioridad establecía un tope máximo de $ 5.000.000, elevándolo ahora hasta el tope máximo de hasta dos mil cien (2.100) canastas básicas total para el hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC).
Se dispuso que el monto fuera repartido a prorrata de todos los consumidores involcurados.
La sentencia la comparto en este enlace.
Es la primera que veo con los nuevos montos.
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Hola Néstor, hoy salió la sentencia de alzada en este juicio!! Redujo el punitivo a la mitad(16MM)
Saludos!!! Sofi
Gracias por la info Sofi!!!!!!!!!!!!!