Siguiendo con los ecos del fallo “Barrios”.
En esta ocasión, una resolución judicial de la Provincia de Buenos Aires (Cámara Civil y Comercial de La Plata).
Tema: aplicación de un Coeficiente de Actualización en materia consumeril, por restitución del importe abonado por el consumidor.
Se trataba de un incumplimiento contractual donde el actor efectuó una compra de nueve productos por medios electrónicos,
que no fueron entregados.
La Sala Segunda de la Cámara Segunda de Apelación condenó a los proveedores a restituir el precio abonado con mas sus intereses, ordenando un ajuste sobre el monto fijado que se actualiza por CER y aplicó -además- daño punitivo.
Atento lo expresado, corresponde en el presente asunto, respetando el principio de congruencia y el alcance del recurso, otorgar la suma de $ 699.999 el que desde la fecha de esta sentencia hasta la de su 136874 – LA BOLLITA HUGO ARIEL C/ ENTERTAINMENT DEPOT S.A. Y OTRO S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES efectivo pago se actualizará mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia –CER- elaborado por el Banco Central de la República Argentina (que ajusta mediante la variación pasada del índice de precios del consumidor), ello con una tasa pura del 6% desde la fecha del hecho hasta la de su efectivo pago, ello así conforme la nueva doctrina legal de la SCBA, en la causa C. 124.096 “Barrios”, sentencia del 17/4/24), receptándose de tal manera parcialmente el agravio traído.
La sentencia completa la descargas en este enlace.