La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea, dictó una muy interesante resolución el pasado 14 de septiembre de 2023.
Está muy bueno, porque la verdad no se ven muchos casos de “incidentes de solvencia” iniciado por los consumidores contra el proveedor que previamente se había beneficiado, valga la redundancia, con el beneficio de justicia gratuita por ser, teóricamente, consumidor en el proceso principal. (los contemplados en la última parte del art. 53 de la Ley de Defensa del Consumidor).
La llamada “prueba de libros” y su eficacia cuenta hoy con la regla del art. 330 CCyCN que, en lo que resulta aplicable aquí, construye una certeza respecto de la situación patrimonial de la sociedad sin admitir prueba en contrario.
La podes descargar con un simple clic acá.
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