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Mi pedido de habilitación de feria, terminó siendo una "victoria pírrica".

¿Se acuerdan que hace unos días compartí con ustedes mi alegría, a causa de una habilitación de feria que logré para el cobro de unos honorarios (la…

PorNestor Parisi

Publicado el 2 min de lectura

Mi pedido de habilitación de feria, terminó siendo una "victoria pírrica".

¿Se acuerdan que hace unos días compartí con ustedes mi alegría, a causa de una habilitación de feria que logré para el cobro de unos honorarios (la publicación podes consultarla en este enlace)?

Ahora que bajo la espuma, quiero contarte que mirando las cosas en perspectiva, termino siendo un poco una "victoria pírrica". Te cuento por qué pero antes un muy breve resumen.

Era un amparo, donde se me habían regulado honorarios y la demandada estaba intimada al pago bajo apercibimiento de ejecución. (Todo esto en época hábil).

Y seguime con los plazos.

Llega la feria judicial. El día 2 de enero presento el escrito de habilitación de feria, donde solicito se trabe embargo sobre la demandada, porque en diciembre ya se había cumplido el plazo para que pague.

El 4 de enero me habilitan la feria -solamente para gestiones de cobro de honorarios- pero el juez decide intimar por última vez a la demandada al pago, bajo apercibimiento de embargo (ese mismo día libran las cédulas).

El mismo 4 de enero, la demandada acredita el depósito de mis honorarios y los da en pago. 

Al otro día, el 5 de enero, pido que se me haga la transferencia por el monto dado en pago.  El viernes 6 de enero el juez autoriza la transferencia, previo consentimiento del auto que dispone el giro. 

Por lo tanto, siendo el plazo de 5 días, el plazo para consentir empieza a correr al otro día de nota ( martes 10 de enero) y la providencia quedó firme el miércoles 18 de enero a las 9:30 horas. (por eso creo conveniente que el plazo para consentir empiece a ser notificado por cédula).

Ese mismo día, después de las 9:30, pido que estando vencido el plazo para consentir, se haga efectiva la transferencia, cosa que el juzgado ordeno recién hoy 19 de enero.

Como saben, las transferencias judiciales se acreditan, por lo general, en 48/96 horas, por lo que recién termina siendo el monto acreditado en mi cuenta bancaria, con suerte, el lunes 23 de enero o el martes 24 de enero (solamente a seis/cinco días hábiles de finalizar la feria).

Conclusión: es verdad que es mejor cobrar el 23 de enero a los primeros días de febrero, pero con el diario del lunes, lo veo un poco una victoria un poco pírrica. Porque el 2 de enero pedí habilitación de feria.

En fin, me pongo contento, pero no tanto como hubiese querido. Porque si bien el juez entendió, con muy buen criterio, que los honorarios tienen carácter alimentario, los plazos se estiraron bastante.

Si ustedes pudieron habilitar feria y como operaron los plazos en cada caso, me gustaría que pudieran dejar su opinión en este post.

 

 

 

 

 

Voces feria judicial

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