Basta de audiencias cuando pedimos honorarios (me planté, porque así no va más).

Viste que hace unos días venía insistiendo con un tweet que decía así…

Sí, cuando te ofrecen un 5 por ciento de honorarios -principalmente Provincia ART- por tus actuaciones administrativas ante la SRT, no solamente es ilegal, sino que es una tomada de pelo al profesional.

¿Cuáles son los argumentos para rechazar ese 5 por ciento? Te dejo algunos…

Aplicación de la ley de Honorarios 14.967:
Ahora bien, habiendo establecido la naturaleza jurídica del procedimiento ante las CCMMJ, el cual como se señaló resulta un proceso contencioso administrativo, no resulta ocioso rescatar que cuando el Art 44 inc. 1º de la ley 14.967, habla demandas contenciosoadministrativas, no se refiere a demandas judiciales, atento el artículo citado legisla sobre el criterio para la regulación de honorarios ante acciones y peticiones de carácter administrativo, y desde ya no distingue que tipo de trámite administrativo, por cuanto abarca todos ellos, desde los que se llevan adelante ante la administración pública provincial, o entre particulares, como los que se tramitan ante el órgano administrativo creado por ley 24.241, bajo las reglas procesales creadas por la Res 298/17 SRT y que por adhesión de la ley 14.997, tramitan los casos como el del acuerdo homologado que como prueba se acompaña a autos.
Dicha norma establece claramente una escala que va entre el 10 y 25% del monto del proceso en cuestión, que en el caso que nos ocupa queda determinado por el acuerdo alcanzado con el MINISTERIO DE SALUD PCIA DE BS AS (C.U.I.T. N° 30626983398), EMPLEADOR AUTOASEGURADO GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Entonces: ¿qué hago? Cuando esta Provincia ART del otro lado, rechazo los honorarios que me ofrecen y pido su regulación en sede judicial. El procedimiento ante los Tribunales del Trabajo es AL SOLO EFECTO QUE ME REGULEN HONORARIOS POR LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA, Y QUE LO HAGAN DENTRO DE LAS ESCALAS QUE TE MENCIONÉ ANTES.

Presenté la demanda (muy simple), la GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES responde que no se opone a mi regulación judicial, y el Tribunal del Trabajo saca este proveído…

Mi respuesta, con una calentura que volaba…

 

El Tribunal cambiando su postura…

 

Conclusión: cuidemos y hagamos respetar los honorarios. Yo no tengo empacho en hacerle saber a los jueces cuando se están equivocando. Y este es una de esas situaciones. Hay que empezar a hacerles saber que este tipo de audiencias NO TIENE SENTIDO. De todas formas, no se si habrá sido por el escrito o no, el Tribunal entendió la situación (creo que se agarraron de aquello de “pedir copias para presentar la denuncia”).

En fin, ojalá te sirva el post.

 

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4 comentarios en "Basta de audiencias cuando pedimos honorarios (me planté, porque así no va más)."

  1. Coincido plenamente, la desfachatez con la que violan las normas de regulación de horarios, es realmente una vergüenza! Doy un ejemplo en civil comercial y federal materia de amparo, regulación mínima 20 umas, regulan 10, se apela por ambas partes ( la demandada sin fundamento) el juzgado baja a 8 la regulación. Sin fundamento, sin sentido y por fuera del marco legal! Los jueces son unos verdaderos cara rotas, si de ellos pedimos que impartan justicia, y sacan estos regulaciones, poco nos queda de fe.

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