Último momento. Corte Suprema. Excusación del juez por razones de delicadeza y decoro.

Ante la excusación de los jueces de la Corte Suprema, se presentó un pedido para que aquellos expresaran los hechos que dieron lugar a la excusación.

Se hizo referencia a que el decoro presupone el derecho que tiene el magistrado de apartarse del proceso frente a la existencia de un impedimento moral que lo afecta para juzgar con imparcialidad; en consecuencia, sólo él está en condiciones de valorar esa circunstancia resguardando su propia estimación como hombre y como juez.

La Corte, integrada por conjueces, consideró en la resolución que en razón de los hechos que se investigan en el proceso, con potencialidad para que alguno de los jueces fuera víctima del delito previsto en el art. 43 de la Ley de Inteligencia Nacional, se justificaba la excusación presentada.

La potencialidad de que alguno de los magistrados sea víctima del delito tipificado en el artículo 43 ter de la Ley de Inteligencia Nacional, es la que ha quedado plasmada en los términos de la excusación que ha presentado uno de los jueces y que debe ser ponderada desde el inicio a fin de preservar la garantía del debido proceso (art. 18 de la Constitución Nacional).

1 comentario en "Último momento. Corte Suprema. Excusación del juez por razones de delicadeza y decoro."

  1. Mmmm les queda grande el saco! Que decoro ni decoro, a juzgar a lo que han Sido nombrados! Y punto!!! Me parece más una estrategia para apartarse elegantemente de causas en las que les tiembla el puño

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