Gestación por sustitución: declaran inconstitucional el 562 del C.C.C

La justicia de la Provincia de Córdoba, autorizó a un hombre a subrogar un vientre para ser padre, declarando inconstitucional al Art. 562 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Asimismo, le concede, para cuando se produzca el nacimiento, la licencia laboral que la LCT y los Convenios Colectivos de Trabajo otorgan a las mujeres que dan a luz.

Analizado el artículo en cuestión (562 CCCN) a la luz de la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos incorporados por el art. 75, inc. 22 y teniendo en consideración las especiales circunstancias que rodean a esta causa y a la luz de los principios de no discriminación, de igualdad, de realidad, derecho a formar una familia, tutela judicial efectiva e incluso el interés superior del niño, considero, que el artículo 562 del CCyCN no supera el test de constitucionalidad y convencionalidad, como ya se dijera. En efecto, si el/a/s niño/a/s que podría/n nacer van a ser legalmente considerado/a/s hijo/a/s de quien solo tiene voluntad gestacional pero no tuvo ni tiene voluntad procreacional, la injusticia que deviene por aplicación del art. 562 CCCN es patente: será tenida por madre -por el hecho del parto- quien no quiere serlo, ni tiene nexo genético con el/la/s niño/a/s y no será padre/madre quien si quiere serlo, desde siempre, y además, es su real progenitor.

Podes consultarla completa en este enlace.

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