En una sentencia de septiembre del 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nación -compartiendo los argumentos del Procurador-, hizo hincapié en la “buena fe” y la “teoría de la apariencia”; para tener por válida una póliza de Responsabilidad Civil cuya solicitud fue enviada por el productor de seguros, pero sin obtener respuesta de la aseguradora.
Si de forma habitual, ante el pedido del productor, se emitían las pólizas sin esperar aceptación formal de la aseguradora, ahora no puede ésta pretender desconocer estos manejos y dejar sin cobertura al asegurado, lo que dejaría en evidencia un actuar contrario a la Buena Fe.