Hace algunos años, fui tristemente célebre la noticia del taxista que produjo en siniestro vial donde varias personas resultaron heridas. Fue en el 2013.
Y, lamentablemente, también se produjo el fallecimiento de Leonela Noble.
Por si no recordas, te dejo acá un link de esa noticia.
Fueron varios juicios civiles que tramitaron por daños y perjuicios (por conexidad). El que inicio la mama de Leonela es el que lleva por nombre FEWKES, SANDRA NANCY c/ BOTTA, RUBEN DARIO s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE).
Bueno, salió la sentencia de primera instancia (que no está firme).
La podes descargar en este enlace.
Les recomiendo que analicen con detenimiento el argumento de Rivadavia Seguros, para no cubrir el hecho: tiene que ver con la diabetes que padece el conductor del taxi.
¿Por qué? Porque al obtener la licencia profesional, no lo manifestó. Y de haber manifestado que padecía diabetes, no podrían haberle otorgado la licencia de conductor. Por eso quien obtuvo una licencia bajo la acción dolosa se encuentra inhabilitado para conducir; y dicho ocultamiento lo extendió de la misma manera que para contratar la póliza de seguro.
Por ende, había culpa grave del asegurado.
Comentarios abajo, suman.
No se la juega. Rechaza la defensa de Rivadavia basada en el plazo tardío y aceptación tacita del art 56. Y si la CD la mandaba al dia 29? Hubiese hecho lugar a la declinacion? Hmmm. No lo sabremos
Gracias por el aporte!
Néstor, hay algún fallo que pese al dosaje de alcoholemia positivo un juez ordene cubrir al 3ro damnificado a la compañía?