Una cortita sobre Caducidad.
Cabe considerar que el diligenciamiento de una cédula Ley 22.172 resulta un acto de interrupción de la caducidad de instancia porque si bien el resultado del diligenciamiento fue negativo, de todos modos el acto es interruptivo de la perención, al igual que la presentación ante la oficina de diligenciamiento, pues en general se considera que el retiro de la cédula es un acto impulsorio, e incluso el acto de sellado efectuado por el Juzgado, ya que es un acto necesario para hacer avanzar el proceso.
La resolución es de la Cámara Nacional en lo Comercial y la bajas en este enlace.
Gracias Dr. Excelente información. Muy útil. sds
Gracias!
Dr, muchas gracias, el comentario es muy útil.
de nada!