Inconstitucionalidad de oficio de los rubros “no remuneratorios”.

El 6 de diciembre, la Sala II de la CNAT dictó una resolución donde declaró -de oficio- la inconstitucionalidad de sumas que integraron la base salarial, y que fueron percibidas como “rubros no remuneratorios” -montos que habían sido reconocidos con ese carácter por la autoridad de aplicación-.

Corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de los acuerdos que calificaron como no remunerativos a rubros integrantes del salario del trabajador, puesto que resulta evidente la inconstitucionalidad de toda norma reglamentaria o convencional que le quite carácter salarial a una asignación dineraria de libre destino abonada al trabajador como contraprestación de sus servicios.

Añadieron que, aunque las partes no lo soliciten, los jueces deben realizar la pertinente declaración de oficio cuando califiquen a la norma como palmariamente contraria a la Constitución o a las Convenciones, pues su superioridad sobre las restantes disposiciones es una cuestión de orden público que va más allá del deseo de los litigantes.

La resolución completa la descargas en este enlace.

NOTA AL LECTOR. El blog esta hecho 100% a pulmón. Si te gusta lo que hago o te fue útil el post, una forma de colaborar con la página es invitarme un cafecito en parisinestor | Cafecito

Dejá un comentario