BOMBA. Siniestro vial. Damnificado es “consumidor” y aseguradora debe pagar la condena íntegra (creo que Corte revoca).

Hablando de seguros y consumidor, acompañamos otra sentencia de hace unos días de la Cámara Nacional Civil (Sala C).

En este caso, la citada en garantía era Orbis, y el daño del damnificado se produjo a causa de la colisión moto-auto.

Lo interesante del fallo es que, entre otras cosas, dispone taxativamente que el seguro de responsabilidad civil automotor, tiene como finalidad proteger a la víctima, que es consumidor de seguros. Lo hace al hablar del límite cuanitativo de la franquicia y acá el quid: extiende la condena en forma íntegra a la aseguradora.

El seguro en examen fue pergeñado por el legislador para defender a la víctima, quien se erige como un consumidor de seguros. Pues ella es indudablemente el epicentro de la relación jurídica que ha unido al asegurado con su aseguradora

La sentencia completa -que no está firme- la podes bajar en este enlace.

Creo que la Corte -en realidad no tengo dudas- va a revocar la sentencia en lo que tiene que ver con la extensión de la condenada a la compañía de seguros, mandando que responda “en la medida del seguro”.

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