Culpa grave del asegurado: llaves dentro del auto mientras entraba a la casa.

Comparto en esta ocasión, una sentencia dictada por la justicia de Mendoza, donde básicamente se discutió si el haber estacionado el vehículo en la calle, dejado con la llave puesta en el tambor de arranque luego de haberlo sacado del garaje para después ingresar al interior de la vivienda, configura un supuesto de culpa grave del asegurado, y por ende corresponde la cláusula de exclusión de cobertura o no seguro.

Las circunstancias referidas a la naturaleza del robo (automotor), conducta de la actora (dejar las llaves puestas en la puerta) y lugar del hecho (vía pública), evidencian una omisión de la obligación de no provocar el daño o de no facilitar la ocurrencia del mismo, configurando un supuesto de culpa grave previsto por el art. 70 LS.

El fallo completo podes descargarlo acá.

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