SCBA: la doctrina de la CSJN es “meramente orientadora” y “no vinculante”.

Creo que no tuvo mucha difusión, pero está bueno recordarlo.

Se trataba de un caso de daños y perjuicios, donde la Cámara de Apelaciones incrementó el límite de la responsabilidad de la aseguradora a $17.500.000, considerando los ajustes introducidos por la Superintendencia de Seguros de la Nación (Resolución 268/21) y la necesidad de adecuar la cobertura al daño actualizado.

Lo interesante de la resolución de la SCBA -de septiembre de 2023- es que deja establecido: la doctrina legal de la Corte Suprema de la Nación es meramente orientadora, suasoria -como se suele decir- pero no vinculante. Desde ya que no es una nimia pauta orientadora de la que los jueces puedan o deban desentenderse fácilmente. Por el contrario es una guía insoslayable -quizás la más importante- y que no es dable dejar de lado, sin hacerse cargo de controvertir o poner en duda sus razones.

Son meramente orientadoras, suasorias, pero no vinculantes. Desde ya que no son una nimia pauta orientadora de la que los jueces puedan o deban desentenderse fácilmente.

La resolución completa la descargas en este enlace.

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