Una resolución -cortita, de apenas dos hojas- interesante sobre “Beneficio de Litigar Sin Gastos”, emitida por…la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
La Sala dijo que la concesión del beneficio de litigar sin gastos queda librada a la prudente apreciación judicial sobre la base de medios probatorios que reúnan los requisitos suficientes para llevar al ánimo del juzgador la verosimilitud de las condiciones de pobreza alegadas.
Ahora, ojo con esto: si bien su pedido debe ser examinado en forma amplia no es procedente si no genera convicción suficiente de las constancias obrantes en la causa debiendo acreditarse adecuadamente la imposibilidad de afrontar los gastos de justicia.
La resolución completa la descargas en este enlace.
Ya les pagamos a los jueces y fiscales y a todo el poder judicial sus ALTISIMOS SUELDOS y privilegios y capacitaciones que no sirven para nada, además de la tasa de justicia y las dilaciones que hacen a propósito para cobrar siempre más, la justicia debería ser gratis porq ni siquiera es un servicio a las víctimas ni ciudadanos, además defienden solo a los delincuentes