Vacunación obligatoria y negativa de los progenitores: ¿qué prevalece?
Te dejo una interesante sentencia de la Unidad Procesal número 17 de General Roca (la verdad desconocía que existía un órgano judicial que se llamase así, pero…todos los días se aprende algo nuevo), Provincia de Río Negro.
En esta oportunidad, existía una negativa de los progenitores se niegan a colocarle al hijo la vacuna obligatoria contra la Hepatitis B y Vitamina K, siendo -según los médicos- que dicha negativa genera un riesgo en la salud del niño de enfermedad hemorrágica del recién nacido por déficit de vitamina K y un riesgo social por la no vacunación.
La responsabilidad parental que la ley pone en cabeza de los padres, debe ser ejercida en consonancia con los principios rectores del 639 del CCC en cuanto los padres de menores de 13 años, ejercen la representación legal siempre y cuando sus decisiones no pongan en riesgo al niño, ya que se trata de un derecho pero fundamentalmente de un deber, y cuando se involucran derechos personalísimos, aparece un límite dado que ningún derecho es absoluto.
La resolución completa la podes descargar en este link.