¿Puede el abogado del proveedor iniciar el incidente de solvencia por derecho propio?

Te voy a dejar una resolución de Primer Instancia (que no esta firme) que deniega la posibilidad de iniciar el incidente de solvencia al abogado del proveedor, cuando se rechaza uno de los incidentes promovidos por el consumidor perdidoso y le son impuestas a éste las costas.

Recordemos que el último párrafo del articulo 53 de la ley 24240 que “Las actuaciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente ley en razón de un derecho o interés individual gozarán del beneficio de justicia gratuita. La parte demandada podrá acreditar la solvencia del consumidor mediante incidente, en cuyo caso cesará el beneficio”

La resolución dispone que los peticionantes -abogados del proveedor que gano- carecen de legitimación e interés jurídico propio para promover el incidente solicitado, puesto que la ley establece expresamente que podrá ser solicitado por el proveedor. Es éste, y no otros, quien podrá peticionar la formación del incidente a efectos de revertir con prueba en contrario la gratuidad que presume la norma en beneficio del consumidor.

El proveído completo lo descargas en este enlace.

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