La justicia de Lomas de Zamora -Sala I Civil y Comercial- dijo que la homologación del pacto de cuota litis, no es un requisito para la validez del convenio de honorarios, por lo que su contenido y alcance no dependen de que sean aprobados por un juez.
Artículo 1642. Caracteres y efectos. La transacción produce los efectos de la cosa juzgada sin necesidad de homologación judicial. Es de interpretación restrictiva.