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CORTE SUPREMA: desempató Bruglia, y el límite de cobertura es oponible al tercero damnificado.

Se acuerdan que estábamos a la espera de la definición en la Corte por el tema del límite de las sumas aseguradas y su oponibilidad al tercero.

PorNestor Parisi

Publicado el 1 min de lectura

CORTE SUPREMA: desempató Bruglia, y el límite de cobertura es oponible al tercero damnificado.

Se acuerdan que estábamos a la espera de la definición en la Corte por el tema del límite de las sumas aseguradas y su oponibilidad al tercero.

Había hecho un posteo en este momento, que podes consultar en este link.

Llego el desempate nomás, y fue Bruglia (conjuez) quien llevó a establecer la doctrina mayoritaria.

Por consiguiente, con este nuevo fallo, la Corte reafirma que se admite que el límite de cobertura previsto en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación.

Quedaron en minoría Maqueda y Rossati.

El fallo, breve, en este enlace.

PD: creo que un tema de tanta trascendencia, merecía un fundamento bien desarrollado de Bruglia, cosa que no sucedió.

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