Hace algunas semanas, publiqué un posteo donde se plasmaba la Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, dando un plazo de 90 días para implementar este cambio y disponiendo que las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina, ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios.
Ahora, la ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA presentó una acción de amparo (que aún no tiene resolución cautelar porque se está por inscribir como proceso colectivo), para los efectos de que se decrete la nulidad del ARTÍCULO 2° de la Resolución SSN N° RESOL-2024-217-APN-SSN#MEC de manera que se permita mantener el servicio de remolques en las condiciones previas al dictado de la norma referida.
La demanda la descargas en este link.