DIVORCIO Y MUERTE.
Fíjense: los cónyuges inician el divorcio pero antes de la sentencia uno de ellos muere. El que sobrevive inicia la sucesión a la misma vez que los progenitores del fallecido.
Caso rarísimo. A quien le corresponde la herencia? La esposa hereda? Es suficiente el inicio de tramite de divorcio?
Pasen y vean esta sentencia de la Cámara de San Isidro.
Un fallo ajustado a derecho,la mujer se encontraba y separada, no había voluntad de seguir unidos en matrimonio, la vocación matrimonial secencontraba disuelta prueba de ello es la petición de divorcio, si bien el vinculo formal se mantenia en tanto.no existia una sentencia que lo declarara disuelto, no.podemos dejar de observar la situacion de hechi existente por lo que la cónyuge no puede pretender derechos hereditarios
En el CC, la separación de hecho no era causal de perdida de la vocación hereditaria?
Excelente fallo!! Refleja que lo que ocurrió en los hechos (cónyuges divorciados aunque sin sentencia) no puede ser desconocido ni amparado por la Justicia
Pierde vocación hereditaria por la separación de hecho sin voluntad de unirse. No obstante debe demostrarse que ha sido la superstite quien no tenía la voluntad de unirse, que hubiera pasado si el divorcio lo hubiera iniciado el causante y no puede mostrarse la voluntad de no continuar con el Matrimonio de la superstite y si por el contrario se demuestra que no quería la separación o sea que quería volver a unirse? El CC derogado dejó mucha jurisprudencia
Podría haber existido otro resultado si la esposa recurría oportunamente la sentencia de divorcio solicitando su anulación ante el juzgado de familia en que tramitaba el proceso en razón de haber fallecido el cónyuge antes del llamado de autos y que el matrimonio, al haberse disuelto por fallecimiento, mal podía disolverse por divorcio ya que de hacerlo el juzgado se estaría arrogando la voluntad del cónyuge que pudo haberse arrepentido antes del dictado de la sentencia de divorcio, lo que empece al efecto retroactivo cuando ambos consienten hasta el momento de la sentencia. . Al no recurrir y consentir la sentencia de divorcio, no es el juicio sucesorio el proceso para cuestionar aquella sentencia dictada, además , en extraña jurisdicción. Ahora, si oportunamente planteaba la nulidad de la sentencia de divorcio, o se anticipaba a ella denunciando el fallecimiento del cónyuge, quizás hubiera tenido mas posibilidades.
La sentencia no estaba firme. No hay divorcio. Si quiere el superstite reclamar bienes como propios porque los adquirió estando separado, es otra cosa y los podría defender frente a posibles coherederos. Mi humilde opinión.
Si no hay sentencia firme es debatible x los presuntos herederos. Hasta antes de la sentencia siguen unidos en matrimonio, ergo hereda.
En mi caso mi hijo falleció y su esposa lo abandono 2 años antes q falleciera el era pensionado por discapacidad y por hemodialisis y no quisiera que su esposa cobrará su pensión por haberlo abandonado cuando más lo necesitaba yo y mi otro hijo con dindrome de dawn dependían de el de él al 100 porciento no se como recuperar su pensión por la cual el quería dejarnos amparados
De terror.
El solicitante de divorcio incausado, en Veracruz en el 2019, el cual es legislado hasta 2020, aunado a eso la gran corrupcion existente, hacen que esta persona a 4 años no pueda divorciarse, al momento se encuentra hospitalizado por un EVC, siento que es injusto obligar a una persona a seguir a otra de la cual ya no quiere saber nada
Gracias por el aporte Susana!
Hola si sos casa en Mendoza y te divorcias le toca la pensión del marido no