Últimamente se reavivó el debate acerca del uso de las llamadas “armas Taser X26”, por parte de la policía de la Ciudad de Buenos Aires.
La verdad que la cuestión técnica, no deja de ser compleja. Por eso, para interiorizarse sobre el funcionamiento de las armas, encontramos este enlace que lo explica fácil y sencillo.
En lo que nos interesa, qué dijo la justicia sobre su uso.
Dos cuestiones. La primera, un fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, a causa de una acción judicial interpuesta por el ciudadano Carlos Pisoni, que había solicitado que no se permita el uso de estos dispositivos en la policía local.
El planteo de la parte actora parte de suponer, al igual que el formulado en Lyons, un futuro obrar inconstitucional por parte de la policía local, consistente en la utilización indebida del arma Taser.
Dos facetas para analizar y que trató la sentencia: 1) la cuestión relativa a la legitimación de un habitante de la Ciudad para impugnar resoluciones administrativas y 2) ya en el fondo del tema, el análisis sobre la posibilidad de que la policía cause un daño sin una provocación o autorización legal.
Le denegaron el pedido, metió un recurso extraordinario y también se lo rechazaron.
Tras eso, el actor fue en queja ante la Corte Suprema, que le clavó el famoso 280.
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