La Corte siempre ha sostenido que la interpretación de sus sentencias en las mismas causas en que ellas han sido dictadas constituye cuestión federal suficiente para ser examinada en la instancia extraordinaria cuando la decisión impugnada consagra un inequívoco apartamiento de lo dispuesto por el Tribunal y desconoce en lo esencial aquella decisión.
En consonancia con esto, ha remarcado el Tribunal que el carácter obligatorio de las decisiones adoptadas por él en el ejercicio de su jurisdicción, comporta lo conducente a hacerlas cumplir.
Sin embargo, durante mucho tiempo no quedó claro si los fallos del Alto Tribunal tenían sólo carácter moral o definitivamente obligaba a los jueces de inferiores instancias. El vaivén de la Corte, en este sentido, ha sido notorio.
En consonancia con esto, ha remarcado el Tribunal que el carácter obligatorio de las decisiones adoptadas por él en el ejercicio de su jurisdicción, comporta lo conducente a hacerlas cumplir.
Acompañamos el dossier con los fallos y los hipervínculos de cada uno de ellos.