Víctima en accidente de tránsito es consumidor y tiene acción directa contra la aseguradora (voto en minoría).
Gracias a mi amigo Fernando Shina que compartió la info, les dejo una resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala B), que tiene un…
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Gracias a mi amigo Fernando Shina que compartió la info, les dejo una resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala B), que tiene un voto en minoría de la Dra. Lorena F. Maggio muy interesante: considera que la víctima de un accidente de tránsito debe ser considerada un consumidor y, por consiguiente, tener acción directa contra la aseguradora del titular de la póliza.
Es de diciembre de 2022, pero pasó un poco desapercibida.
La acción directa de la presunta víctima contra aquella resultaría viable en tanto no exista conflicto en torno al contrato de seguro que, según se manifiesto, habría vinculado a la demandada y a su asegurado, destacando que dicho contrato de seguros reviste el carácter de obligatorio en nuestra legislación.
Se las dejo en este enlace.





