La Apelación Adhesiva, por Roberto G. Loutayf Ranea.

La apelación adhesiva es un recurso procesal que permite a la parte que no apeló originalmente adherirse a la apelación presentada por la contraparte. Se utiliza en casos donde la sentencia afecta parcialmente a ambas partes, permitiendo que el apelado exprese sus propios agravios en el mismo proceso de impugnación ya iniciado.

En la doctrina, existen diferentes interpretaciones sobre su naturaleza: algunos la consideran una oportunidad para evitar la prolongación del litigio, mientras que otros la ven como una concesión a la negligencia procesal. Su aplicación varía según los ordenamientos jurídicos, con algunos sistemas que la consideran dependiente de la apelación principal y otros que la admiten como autónoma.

En Argentina, varios códigos procesales provinciales regulan esta figura con diferencias en cuanto a su independencia respecto de la apelación principal. La jurisprudencia ha establecido que solo la contraparte puede adherirse, excluyendo a litisconsortes o terceros no apelantes. Además, para que proceda, se requiere la existencia de una apelación principal previa, un perjuicio recíproco y que el adherente no haya aceptado previamente la sentencia. Su regulación responde a la necesidad de equilibrar el derecho de impugnación con la estabilidad de las resoluciones judiciales.

Te dejo este brillante artículo de Roberto G. Loutayf Ranea, que descargas en este link.

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