Hace un tiempo publicaba una sentencia de un hombre que demandaba a Google Argentina SRL, Google Inc., Cablevisión SA y El Censor SRL por la publicación, sin su consentimiento, de una imagen suya desnudo dentro de su casa captada mediante Google Street View.
En ese momento la resolución había rechazado la demanda. El posteo de ese día lo podes mirar en este enlace.
Ahora, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, revocó el fallo e hizo lugar a la demanda.
Se condenó a Google Argentina SRL y Google Inc. a abonar $3.000.000 en concepto de daño moral más intereses, y a eliminar la imagen bajo apercibimiento de astreintes de $100.000 diarios. Se rechazó la demanda contra Cablevisión y El Censor SRL, entendiendo que su rol fue solo divulgativo y no generaron el daño.
la difusión no autorizada de la imagen de una persona dentro de su propiedad, aún parcialmente pixelada, constituye una violación al derecho a la privacidad y genera daño moral indemnizable. Además, resaltó la necesidad de resguardar la intimidad frente al avance tecnológico y el uso de plataformas digitales.
📚 Fundamentos:
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Se acreditó que la imagen fue captada dentro del domicilio, detrás de un paredón de 2 metros.
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Se invocó el derecho a la imagen, intimidad y dignidad (arts. 19 y 75 inc. 22 CN; arts. 51 a 53 CCC; ley 25.326).
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Se trató de una actividad riesgosa (art. 1757 CCC), lo que fundamenta la responsabilidad objetiva de Google.
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No había consentimiento del actor y la foto no fue captada en la vía pública.
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Se descartó el rubro por daño psicológico por falta de respaldo pericial.
La sentencia completa la descargas en este enlace.