La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón dijo, en un fallo reciente, que existía una relación laboral entre la empresa Glovo y los “riders” (repartidores).
El Tribunal dispuso que existe una relación laboral entre la mercantil Glovo y los repartidores afectados. Concluyeron que la empresa disponía de mecanismos para limitar la libertad del trabajador en la elección de franjas horarias, a través de la plataforma informática de la empresa (la App) y del sistema de geolocalización permanente de los trabajadores.
Existe una clara dependencia pues la mercantil demandada impartía directrices, instrucciones e indicaciones de cómo debía realizarse el reparto, ya fuera mediante una charla informativa al inicio de la relación, ya fuera poniendo a su disposición la documentación o remitiéndole a la Web de los Glovers.