En una muy interesante sentencia, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, determinó que era incompatible el hecho que una trabajadora/imputada aceptara la suspensión del juicio a prueba y devolviera el dinero que hurtó de la empresa, sin aceptar desistir del proceso laboral que había iniciado por despido.
De existir una verdadera voluntad superadora del conflicto, la acusada debería adoptar una conducta consistente y coherente en el marco de los distintos procesos judiciales que se han disparado a partir de los
hechos acaecidos, cuestión incompatible con la solicitud de una vía alternativa composicional en sede penal a la vez que mantiene una demanda de semejante envergadura en la justicia laboral