¿Por qué no mando las demandas por mail a los clientes? (Breve reseña de sinsabores).

Ayer había publicado un tweet que decía:

 

Muchísimos colegas me preguntaron por privado cuáles habían sido esas “malas experiencias”, por lo que creí que lo mejor era resumirlas en siete u ocho puntos.

Y siempre aclarando algo. Es lo que me pasó a mí. Quizás otros tuvieron la fortuna o la suerte de que no les sucediera y tener que atravesar el mal trago. Y cuando digo mail, digo celular, o cualquier otro tipo de forma digital.

Te los puedo resumir así:

  1. Aunque parezca devaluado en estos tiempos, el laburo intelectual vale. Y mucho. Me vas a decir que “está todo escrito” y quizás tengas razón. Pero es “mi” demanda, con “mi esfuerzo”, “mi tiempo”, y lamentablemente me encontré (de casualidad) con algunas presentaciones “similares a las mías”, y solamente con nombres cambiados.
  2. El cliente tiene derecho a ver la demanda y leerla. Claro que sí. Lo más importante para mí, es que pueda cotejar los hechos. Lo cito, se la imprimo y que se tome el tiempo que quiera para leerla. Con toda la tranquilidad del mundo. Si me empieza a preguntar cuestiones que están vinculadas a cada una de las normas que menciono, le comento brevemente que es lo que se invoca, y listo. No le podes explicar como si fuera un colega, que dicen todas y cada una de las leyes.
  3. Las veces que mandé las demandas por mail, tuve la desagradable sorpresa que el cliente se la pasó a otro colega para que la mire. Y…termina cotejando mi laburo con otro profesional. ¿Tiene derecho a una segunda opinión? Sí, pero una vez que decide que yo sea su abogado, si no me tiene la confianza como para creer en lo que hago…se terminó. Su ruta.
  4. Las “famiabogados”. Sí. De repente, todos los familiares se convierten en abogados. Y cuestionan, indican, “dan órdenes”, “sugieren” y demás. Mirá que soy un tipo abierto a todas las sugerencias, pero no podés estar permanentemente siendo “auditado” por todos.
  5. El derecho es del cliente. Pero la demanda, ES DEL PROFESIONAL.
  6.  El paciente puede elegir el médico de su confianza. Ahora, una vez que lo elige y se somete a la operación, no pide que la filmen para que después la vea otro médico. O pero, no le pide el bisturí para que otro médico vea si está bien o mal.
  7. Mas de una vez me ofrecieron “mirar” la demanda de un colega. Siempre dije que no. No me gusta hacerle a otros lo que detesto que me hagan a mí.
  8. Una vez me pasó que el cliente, sin avisar, se mandó a cambiar “un dato” porque creía que estaba errado. No me avisó. Presenté la demanda. eso que modificó, determinó que perdiera el juicio.
  9. Jamás dejen que un cliente modifique un escrito. En lo personal, no lo permito. Así sea una coma, me avisas y lo cambio yo.
  10. Si mandas la demanda en PDF, es exactamente lo mismo.

 

Bueno, nada. Quería contarte lo que me ha ido pasando a lo largo de casi 20 años de profesión. Y posta, me gustaría leerte en los comentarios para que me cuenten tu perecer.

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16 comentarios en "¿Por qué no mando las demandas por mail a los clientes? (Breve reseña de sinsabores)."

  1. Gracias Néstor por compartir estos tips, a partir de tu mala experiencia, soy contador y actualmente también estudiante de Derecho. Todo lo que contas me sirve un montón para aprender, y qué mejor que de alguien que tan abierto a comunicar dia a día su pensamiento como vos, ¡¡!GRACIAS!!! por este post y por todos lo que mandas al grupo de wpp. Abrazo grande (también vi tu tweet cuando lo publicaste).

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  2. Es asi, comparto todo lo dicho. El problema es como darle Ruta una vez que laburaste todo.

    En mi caso me pasa mucho que quieren que les explique cada norma invocada y eso me revienta. A alguno, alguna vez, le dije que para profesor doy clases en la facultad.

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  3. Gracias por esta reseña Néstor, tus aportes siempre me enriquecen!
    Concuerdo al 100 % con vos. Me pasó con una persona cercana, compañera de laburo. Le envié el escrito de divorcio (que no presentamos porque a último momento se arrepintió).
    Dos años después viene otro compañero de trabajo, todavía no se recibía, a preguntarme sobre ese trámite porque estaba “agarrando” algunos casos con un abogado amigo de él.
    Casualmente tenía “un escritito” que yo le había pasado a la cuasi divorciada.
    No cobre un peso de honorarios, pero aprendí! Jajajaja

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  4. Respecto del punto 5 recuerdo un fallo que menciona que los escritos judiciales pueden ser registrados y protegidos como propiedad intelectual. Algun colega al que alguna vez le copiaron los fundamentos lo intentó, demandó a otro y lo ganó. Es un extremo, y quien tiene el tiempo para hacerlo? Pero sin dudas el punto 5 es acertado. Los otros también, pero ese podía ser mas discutible

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  5. Nunca me pasó, siempre los hago venir al estudio, que lean, pregunten y firmen. Pero si tengo ese temor con los contratos, que a veces son tan personales que uno los manda para que revisen datos y condiciones. Después me queda la duda si los reutilizarán por sus propios medios dejándonos afuera

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