Carátula: González, Hernando Ariel c/ Riva, Ricardo Hernán s/ Cumplimiento de Contrato
Fecha: Mayo 2025
Juzgado: Civil N.º 45 – CABA
Objeto del fallo: Regulación de honorarios del perito contador.
Resultado principal: La Sala declara de oficio la inconstitucionalidad de la Ley 27.423, que regula los honorarios de abogados y auxiliares de justicia.
🧨 Fundamentos de la inconstitucionalidad
1. Aleatoriedad e injusticia en la retribución
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La ley vincula los honorarios con el sueldo de un juez federal, lo que genera aleatoriedad e imprevisibilidad (por la inestabilidad económica e institucional del país).
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Esto provoca que el profesional no sepa cuánto cobrará ni cuándo, afectando el principio de justa retribución y derecho de propiedad (arts. 14, 17 CN).
2. Desigualdad entre profesionales
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La ley establece parámetros disímiles para abogados y peritos, sin justificar tal diferencia.
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Se rompe el principio de proporcionalidad en la regulación de honorarios, tradicionalmente exigido por la jurisprudencia.
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Se vulnera el principio de igualdad ante la ley (art. 16 CN).
3. Acceso a la justicia
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El sistema arancelario actual dificulta el acceso a la justicia en causas de baja cuantía, ya que los honorarios mínimos son elevados.
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Esto desalienta litigios legítimos y afecta especialmente a sectores vulnerables, contradiciendo el deber estatal de promover acciones positivas (art. 75 inc. 23 CN).
4. Incompatibilidad con el bloque de constitucionalidad
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El juez cita extensamente jurisprudencia de la Corte Suprema y doctrina nacional e internacional para afirmar que el sistema de honorarios actual contradice tratados de derechos humanos, normas de derecho privado constitucionalizado, y la Convención Americana de Derechos Humanos.
Se declara de oficio la inconstitucionalidad total de la Ley 27.423, y en su lugar, aplica la ley anterior (21.839, modificada por 24.432) para regular los honorarios. Justifica esta decisión por:
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Grave afectación a principios constitucionales.
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Posibilidad del juez de ejercer control difuso de constitucionalidad, incluso sin pedido de las partes.
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Necesidad de proteger la equidad y el servicio de justicia.
La resolución completa la descargas en este enlace.