Una resolución de la Sala C (Cámara Nacional Civil).
Y provechosa, porque es la primera que leo que habla del tema.
Resumen: se designó una audiencia testimonial para el 2024 (porque la agenda del Juzgado estaba completas) y la Sala dijo que la fijación de una audiencia testimonial a mas de un año de ordenarse, sin ninguna duda traería aparejada una demora no querida en la tramitación del proceso, afectando, además, el principio de conservación de la prueba, desde que la declaración de los testigos puede verse afectada, en ese extenso lapso de tiempo entre la ocurrencia del hecho de autos y la fecha asignada.
En esta línea de ideas, dado las particularidades del caso y sin que importe dejar de comprender la ardua tarea que se desarrolla en los juzgados de primera instancia, pero sin olvidar tampoco que debe actuarse con la mayor celeridad posible a los fines de evitar demoras en los procesos, se le hace saber al Magistrado de grado que debe
fijar la audiencia testimonial, dentro de un plazo más razonable.
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