La justicia dictó un recordado fallo (allá por el 2016) donde se confirmó una sentencia que condenó -con daño punitivo incluido– a una empresa de telefonía por cobrarle indebidamente una deuda a un usuario, y por la deficiente atención al cliente.
El Tribunal calificó como “prácticas desgastantes” el hacer esperar en línea al consumidor y pasarlo de sector en sector.
Te dejo la resolución en este link.