Atención con esta sentencia de la Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Azul sobre el porcentaje de incapacidad atribuido a la victima y la prueba pericial psicológica que resulta “exorbitante”, pudiendo los jueces morigerarla según su sana crítica.
En esa dirección, y en virtud de lo precedentemente expuesto acerca de la fuerza probatoria de la pericia (a lo que me remito e honor a la brevedad), debo señalar que en casos de mayor entidad que el presente, las pericias psicológicas han estimado porcentajes de incapacidad sensiblemente inferiores al aquí fijado por la Licenciada Etchemendi; precedentes que encuentro adecuado tomar como parámetros de revisión debido a su implicancia en materia de daños y a la autoridad de los Tribunales que los dictaron.
La resolución completa la bajas de este link.