Derecho de representación de colaterales en quinto grado: constitucionalidad del 2438 y 2439 del CCCN.

Te dejo una sentencia muy interesante en materia de sucesiones y derecho de representación a favor de los parientes colaterales.

Es una sentencia del Departamento Judicial de Mercedes, que confirma la resolución que rechazó la ampliación de la declaratoria de herederos a favor de los parientes colaterales en quinto grado, y por ende el pedido de inconstitucionalidad de los Arts. 2438 y 2439 del Código Civil y Comercial de la Nación.

El artículo 2.439 del Código Civil y Comercial establece un límite al derecho de representación a favor de los parientes colaterales. En efecto, la norma referida establece que los colaterales de grado más próximo excluyen a los de grado ulterior, excepto el derecho de representación de los descendientes de los hermanos, hasta el cuarto grado en relación al causante.

Para verla, podes hacer clic en este enlace.

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