Daños y Perjuicios. Legítima defensa como elemento que excluye la antijuridicidad.

Mira esta sentencia de daños y perjuicios, de la Provincia de Buenos Aires, que se dictó hace muy poquito.

El actor accionaba contra los demandados por las lesiones que le causaron. Pero, las mismas se produjeron cuando…el propio demandante  concurrió -alcoholizado- con un machete y una maza a la vivienda de los accionados.

De los elementos probatorios reunidos, que incomprensiblemente fueron omitidos, resulta que ni la antijuricidad del acto ni el factor subjetivo de culpabilidad por parte de los demandados fue demostrado con el grado de certeza necesario, cuando pesando una orden que vedaba el contacto con la hermana de aquellos, B. se apersonó al domicilio, pretendiendo ingresar alcoholizado, con un machete y una maza.

Como los demandados se defendieron de la agresión sufrida, en la sentencia de Cámara se hace mención a la legítima defensa como elemento que excluye la antijuridicidad.

Si te gusta lo que hago, una forma de colaborar con la página es invitarme un cafecito en parisinestor | Cafecito

Desde el exterior disponible en Néstor Parisi (buymeacoffee.com)

Dejá un comentario