Te dejo una interesante sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza, en el expediente IMPRIGLIO FABIAN Y OTROS C/ PEZZUTTI LUIS ALBERTO P/ D. Y P.(ACCIDENTE DE TRÁNSITO.
El caso podría ser como uno de esos donde se reclama por un choque, pero únicamente la reparación de daños materiales.
Lo interesante: el lindo debate entre otorgar o no daño moral únicamente cuando se trata de daños materiales (en este caso derivados de la rotura del vehículo).
Me quedo con este párrafo, que no comparto: “Si los ciudadanos de nuestro país, pudiéramos en estos momentos reclamar resarcimiento del daño moral por cada una de las situaciones que nos agreden traumatizan, angustian y obligan a efectuar trámites engorrosos de las que somos víctimas inocentes, el sistema jurídico se encontraría dando solución a problemas que deben serle ajenos”.
Mira como se resolvió la cuestión en el fallo que descargas de este enlace.