Aquellos fallos nostálgicos: arrepentirse de ser Swinger no elude el divorcio con culpa.

La famosa sentencia que, bajo la derogada legislación Civil, trató el tema del divorcio con culpa. Se trató de una causa en la que, por el estado de crisis marital, ambas partes habían acordado aceptar las relaciones “swinger”.

La interpretación ensayada por la recurrente acerca del consentimiento recíproco de los cónyuges a mantener por cada uno de ellos relaciones sexuales con terceras personas, impidiendo hablar de engaño u ocultamiento, carece igualmente de virtualidad para soslayar la
transgresión de los principios básicos de la institución del matrimonio que conforma el orden público familiar; se dijo.

En efecto, el deber de fidelidad contenido en el art. 198 del Código Civil presuponía exclusividad del débito conyugal respecto del otro cónyuge.

En este mismo sentido, debe recordarse que la imperatividad de la disposición legal que consagra el deber de fidelidad implica que no pueda tener validez convención alguna por la cual uno de los esposos dispense al otro de su cumplimiento o ambos se lo dispensen
mutuamente.

Esa conducta de las partes puesta en práctica durante trece años, de mandar mails a desconocidos incluidos en una lista de contacto entre personas, de intercambiar parejas, de proponerse candidatos para una vinculación sexual pasajera, “amigos para los juegos”, de sugerir lugares para hacerlo y otras actividades que suave y elegantemente calificaré como sorprendentes, recordaré que en un antiguo fallo de la Cámara Civil 1ª de la Capital, el Dr. Barraquero, formuló una definición de injurias graves que se incorporó definitivamente al lenguaje judicial, ya que se repite permanentemente en las sentencias, a la que no resultará ajena la presente. Dijo por entonces el ilustre integrante de ese tribunal, que se configuran por “toda especie de actos, intencionales o no, ejecutados de palabra, por escrito o por hechos, que constituyan una ofensa para el
esposo, ataquen su honor, su reputación o su dignidad, hiriendo sus justas susceptibilidades”

 

Dejá un comentario