La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul, dispuso en un proceso de daños por accidente de tránsito una nueva concepción del valor vida y del daño moral con el aporte de las neurociencias.
La sentencia completa pude leerse aquí.
La víctima tiene una percepción negativa o distorsionada de la realidad (a raíz de la alteración de los pensamientos), que provoca repercusiones desfavorables en las emociones (ira, miedo, alegría, tristeza, asco, sorpresa) alterando los sentimientos (amor, fe, vergüenza, odio, culpa, envidia; arts. 1078 y 1741 CCCN)” Galdós, Jorge Mario, “Hacia una nueva concepción del daño moral. El aporte de las neurociencias” La Ley 28/9/2020, AR/DOC/2903/2020).
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